El dinero en efectivo no está cerca de desaparecer, pero sí es cierto que cada vez son menos quienes optan por este método de pago. Estamos acostumbrados a las operaciones con tarjeta y plataformas de pago contactless como Bizum o Google Pay, entre otras, que posibilitan hacer uso del móvil para efectuar transacciones sin tener que echar mano a la cartera. Pero lo cierto es que para operaciones como pagar la reparación del coche debemos recurrir a ellas, pues hay un importe máximo que nos impide hacerlo en efectivo, como dicta la norma.
La ley establece un límite de 1.000 euros
En vigor desde 2021 como una de las medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, lo cierto es que la ley establece en su artículo 18 la que es una limitación al pago en efectivo, reduciendo esta a una determinada cantidad máxima.
O lo que es lo mismo; desde esa fecha, en España no se pueden pagar en efectivo las operaciones con un importe igual o superior a los 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
De esta forma se pretende que un gran número de pagos en el taller se realicen de forma telemática, ya que las facturas suelen ser de más de 1.000 euros, y así monitorizar muchas operaciones que, si el pago se produjera en efectivo, podrían no quedar reflejados en las cuentas de las empresas.
Qué tenemos que tener en cuenta
En este sentido, todo aquel que pretenda llevar su coche al taller por algún tipo de avería, se verá afectado por la nueva normativa introducida, pues se prohíbe el pago de más de 1.000 euros por la reparación o servicios prestados.
Algo importante a destacar es que, aunque la ley se aplica en todos los sectores, se prevé que el de la automoción sea uno de los más afectados, pues es habitual que las reparaciones de los talleres superen esta cifra, y no es raro que el importe sea abonada en metálico.
Por tanto, y como una medida que afecta de forma directa a los talleres de automoción, esto provoca que, tras años recibiendo el pago en efectivo por sus servicios, los talleres deban adaptarse a este nuevo tipo de métodos de pago, como la transferencia y medios electrónicos. Con todo, afecta directamente a los abonos de esta manera:
- Cheques bancarios dirigidos al portador y aptos para cualquier tipo de moneda.
- Tanto los billetes como las monedas, independientemente de si es nacional o extranjera.
- Cualquier otro tipo de medio físico, como puede ser el formato electrónico.
La ley obliga a guardar los justificantes de pago
En esas, lo que tenemos es que hay una única excepción; y es que el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.
En estos casos, el importe máximo a abonar en efectivo será de 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera. Y, en todos los casos, a efectos del cálculo de las cuantías señaladas, se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.
Asimismo, y en el caso de realizar un pago en efectivo de más de 999,99 euros, los infractores serán tanto el pagador como el receptor del pago, es decir, tanto el cliente que acude a la reparación como el taller que la realiza.
¿Y qué hay en la forma de abonar la cantidad? Pues que la ley establece que tampoco se pueda hacer parcialmente, por lo que, en caso de que la factura ascienda a, por ejemplo, un total de 2.500 euros, no se podrá abonar en cantidad distintas como de 500 en efectivo y 2.000 en transferencia. El motivo no es otro que porque el importe total de la factura supera los 1.000 euros.